Mañana jueves 1 de mayo se conmemora el Día del Trabajador, por lo que el comercio sufrirá modificaciones producto de que se trata de un día feriado.
Al igual que el 18 y 19 de septiembre, el 25 de diciembre y el 1 de enero, este feriado del 1 de mayo es “obligatorio e irrenunciable”, según el artículo 2° de la Ley 19.973.
¿Qué puede abrir y qué no este 1 de mayo?
Según señala la Dirección del Trabajo, este 1 de mayo podrán funcionar:
De esta manera, se establece que supermercados y malls estarán cerrados este 1 de mayo.
Asimismo, la Dirección del Trabajo especifica que, los trabajadores de comercio excluidos del descanso en días de feriados irrenunciables, tendrán derecho a estos descansos, una vez cada dos años respecto de un mismo empleador, es decir, un año por medio.